¿Como tributa el rescate de un plan de pensiones, EPSV, etc?
Hay dos opciones:
1- Si se recibe en forma de capital: Se integra en la base imponible general el 60%. El otro 40% no se integra. Ello siempre que se cumplan determinado requisitos. En otro caso, la integracion de la cantidad percibida se realizara al 100%.
2- Si se recibe en forma de renta: Los diversos pagos se integran en la base imponible general al 100%.

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